COMPROMISOS
1. Comercialización a través de Venta de Proximidad (VP), considerando la misma cuando la comercialización se lleva a cabo por alguna de estas dos modalidades:
- Venta Directa (VD): Es la realizada directamente a la persona consumidora final, sin intermediarios, por parte de la persona productora o de agrupaciones de productores/as agropecuarios:
. En la explotación productora.
. En ferias y mercados locales, siempre que la venta se lleve a cabo por las personas titulares de la explotación.
. En el domicilio de la personas consumidoras.
. La realizada a grupos de consumo y mediante venta telefónica o telemática, llevada a cabo sin intermediarios.
- Venta en circuito corto de comercialización (VCC): es la realizada con un intermediario como máximo (establecimiento minorista, agroturismo, comedor colectivo o establecimiento de hostelería) que suministra directamente los productos a la persona consumidora final.
2. Compostaje de residuos de cultivos en el caso de las producciones agrícolas
3. Prohibición de quemar residuos de cultivos. Excepto en el caso de que la destrucción sea necesaria por causa de plagas o enfermedades.
4. Prohibición del uso de herbicidas.
5. Presentar cuaderno de explotación.
6. Presentar un registro anual de ventas en los mercados, ventas in situ en la finca o venta a establecimientos minoristas.